Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia
Versión vigente desde el 02/04/2015
Artículo 20.-Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Diputación Foral de Bizkaia.
El departamento competente de la Diputación Foral remitirá el expediente a la Comisión Jurídica Asesora de la Diputación Foral de Bizkaia, junto con la propuesta de resolución, a los efectos de emisión del preceptivo dictamen.
El dictamen será elaborado en el improrrogable plazo de un mes.