Junta Electoral Central - Portal

País Vasco

Logotipo de la Junta Electoral Central

Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

Versión vigente desde el 02/04/2015

Artículo 35. Efectos.

1. El municipio o municipios incorporados quedarán suprimidos y su territorio se integrará plenamente al municipio al que se anexionan.

2. La agregación supone la desaparición jurídica de los municipios incorporados.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml