Junta Electoral Central - Portal

País Vasco

Logotipo de la Junta Electoral Central

Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

Versión vigente desde el 02/04/2015

Artículo 47. Informes complementarios.

1. El departamento foral competente podrá recabar informe de cuantos organismos públicos y servicios administrativos estime convenientes.

2. Con carácter previo a la petición de informes y dictámenes podrá solicitar, de quienes promovieron la iniciativa, que completen, desarrollen o justifiquen algún punto respecto de la documentación aportada.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml