Junta Electoral Central - Portal

País Vasco

Logotipo de la Junta Electoral Central

Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

Versión vigente desde el 02/04/2015

Artículo 50. Aprobación por las Juntas Generales.

Adoptado el pertinente acuerdo, la Diputación Foral de Bizkaia lo enviará a las Juntas Generales del Territorio Histórico de Bizkaia, las cuales resolverán, por Acuerdo, sobre la alteración de los términos municipales propuesta.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml