Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco
desde 08/11/2000 hasta 10/04/2003
Artículo 130.
La Presidencia de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma remitirá al Parlamento la relación de parlamentarios proclamados en las circunscripciones electorales de la Comunidad Autónoma.