Ley 3/1991, de 21 de marzo, de elecciones a la Diputación General de La Rioja
Versión vigente desde 28/03/1991
Artículo 19.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, la Diputación General estará formada por 33 Diputados.