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Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional

desde 19/01/2006 hasta 30/12/2014

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo reglamentario.

El Gobierno dictará en el plazo de seis meses las normas reglamentarias que sean precisas para el desarrollo de esta Ley.

En su elaboración se dará audiencia al Consejo Nacional de la Discapacidad.

Segunda.

El artículo 4 de esta Ley tiene el carácter de legislación básica en virtud de lo previsto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

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