Junta Electoral Central - Portal

Normativa Estatal

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

desde 15/03/1991 hasta 03/11/1992

CAPÍTULO II

Derecho de sufragio pasivo

Artículo 177

Además de quienes incurran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 6 de esta Ley, son inelegibles para el cargo de Alcalde o Concejal los deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación Local contra quienes se hubiera expedido mandamiento de apremio por resolución judicial.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml