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Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

desde 04/11/1992 hasta 30/03/1994

CAPÍTULO II

Derecho de sufragio pasivo

Artículo 177

Además de quienes incurran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 6 de esta Ley, son inelegibles para el cargo de Alcalde o Concejal los deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación Local contra quienes se hubiera expedido mandamiento de apremio por resolución judicial.

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