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Normativa Estatal

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Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos

Versión vigente desde abril 2015

Artículo 6. Principios democrático y de legalidad.

Los partidos políticos se ajustarán en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos y a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes. Los partidos políticos tienen libertad organizativa para establecer su estructura, organización y funcionamiento, con los únicos límites establecidos en el ordenamiento jurídico.

Ver Notas de Modificación

** Art. modificado por Art. 6 de L.O. 3/2015 ( Ver texto)

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