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Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos

Versión vigente desde Abril 2015

Tercera.

Se añade el número 28º al apartado Uno del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con el siguiente texto:

«28. Las prestaciones de servicios y las entregas de bienes realizadas por los partidos políticos con motivo de manifestaciones destinadas a reportarles un apoyo financiero para el cumplimiento de su finalidad específica y organizadas en su exclusivo beneficio».

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