Junta Electoral Central - Portal

Normativa Estatal

Logotipo de la Junta Electoral Central

Real Decreto 3341/1977, de 31 de diciembre, por el que se dispone la formación de un censo electoral especial de españoles residentes ausentes que vivan en el extranjero

Versión vigente desde Enero 1978

PREÁMBULO

Gran número de españoles llevan más de dos años de permanencia continuada en el extranjero por razones de trabajo. Las dificultades de comunicación, así como el desconocimiento que muchos de ellos tienen de los requisitos que han de cumplir para seguir siendo considerados como residentes en el último Municipio donde tuvieran su domicilio en España, ha ocasionado que por los Ayuntamientos respectivos se les diera de baja, con las consecuencias inherentes, siendo, entre otras la de no poder figurar en el Censo electoral.

El deseo constante del Gobierno el conseguir una participación lo más completa posible de todos los españoles en las actividades políticas de la Nación y muy principalmente en aquellas en las que han de manifestar su opinión mediante votaciones y elecciones legalmente establecidas. por ello, y aunque en nuestro sistema legislativo está prevista la inscripción como residente después de haber perdido esta condición, conviene arbitrar de manera excepcional, para los españoles que se hallan en el extranjero, los medios administrativos precisos, refrendados legalmente, que les permitan con más facilidad el ejercicio de sus obligaciones y derechos.

A tal fin, se ordena, por este Real Decreto, la formación de un Censo electoral especial de españoles residentes ausentes que viven en el extranjero, de acuerdo con las inscripciones que se realicen a través de nuestros Consulados.

En su virtud y a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores, Trabajo y Economía y previa deliberación del Consejo de ministros en su reunión del día veintiuno de diciembre de mil novecientos setenta y siete, dispongo:

Subir