Real Decreto 3341/1977, de 31 de diciembre, por el que se dispone la formación de un censo electoral especial de españoles residentes ausentes que vivan en el extranjero
Versión vigente desde Enero 1978
Artículo 9
El presente Real Decreto entrara en vigor tres días naturales después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dado en Candanchú a treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y siete.
Juan Carlos
El Ministro de la Presidencia,
José Manuel Otero Novas.