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Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional

Versión vigente desde 31/12/2014

Artículo 8. Contratos.

1. Los contratos vinculados a las campañas reguladas por esta Ley se adjudicarán con arreglo a su normativa aplicable, respetando estrictamente los principios de publicidad y concurrencia, y atendiendo siempre a criterios objetivos tales como el coste económico y la eficacia prevista del plan de medios. Estos mismos criterios objetivos deberán ser observados por los contratistas en los supuestos de subcontratación.

2. (Derogado)

Ver Notas de Modificación

** Apdo. 2 derogado por disp. derog. única de RDL 17/2014 ( Ver texto)

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