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Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional

Versión vigente desde 31/12/2014

Artículo 13. Campañas no previstas en el plan anual.

Excepcionalmente y cuando, por motivos sobrevenidos, deban realizarse campañas institucionales de publicidad y de comunicación no previstas en el Plan anual de publicidad y comunicación institucional, la entidad que promueva o controle la campaña lo comunicará en los términos que reglamentariamente se determinen, a la Comisión de publicidad y comunicación institucional. Estas campañas deberán ajustarse en todos los casos a lo dispuesto en la presente Ley.

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