Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
desde Julio hasta Octubre de 2014
Artículo 342 bis.
El Magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de la autorización de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.2 y 3 de la Constitución se nombrará por un período de cinco años, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, entre Magistrados de dicho Tribunal que cuenten con tres años de servicios en la categoría.
Ver Notas de Modificación
**Añadido por disp. adic. única.4 de Ley Orgánica núm. 2/2002 ( Ver texto)