Junta Electoral Central - Portal

Normativa Estatal

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

desde Julio hasta Octubre de 2014

Artículo 369.

El cambio de la situación administrativa en que se hallen los jueces o magistrados podrá tener lugar siempre que se reúnan los requisitos exigidos en cada caso sin necesidad de reingreso al servicio activo.

CAPITULO VIII.

De las licencias y permisos

Ver Notas de Modificación

** Modificado por art. único.106 de Ley Orgánica núm. 19/2003. ( Ver texto)

Ir a la versión anterior del artículo

Subir