Consulta sobre el cómputo de los electores de Navarra y Melilla a los efectos del pago del anticipo de la subvención electoral que corresponde al Partido Popular.
Num Expediente:
341/207
Acuerdo:
Conforme al criterio reiterado de esta Junta Electoral Central, los electores de Navarra y Melilla -circunscripciones en las que el Partido Popular concurrió en coalición con Unión del Pueblo Navarro y con Unión del Pueblo Melillense, respectivamente- han de sumarse a los de las restantes circunscripciones en las que el Partido Popular presentó candidatura, dado que el artículo 175.3.a) LOREG se refiere a candidaturas que hubieran obtenido el número de Diputados o Senadores o de votos precisos para constituir grupo parlamentario en una u otra Cámara.