Doctrina de la JEC
Acuerdos por sesiones
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Consulta del Sr. Secretario sobre la posibilidad de sustituir a la Secretaria Judicial en Provisión Temporal del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Manzanares como Secretaria de la Junta Electoral de Zona para las elecciones europeas, al ser cubierta su plaza por un Secretario Judicial Titular el día 22 de abril.

Num Expediente: 132/68

Acuerdo:
Procede trasladar que, de acuerdo con la doctrina de la Junta Electoral Central, una vez asumido el cargo de Secretario de la Junta Electoral de Zona debe continuarse en el desempeño del mismo a no ser que dejara de ostentar la Secretaría del Juzgado al que correspondía el Decanato en el momento de constituirse la Junta Electoral de Zona. Si se deja de ostentar la Secretaría Judicial del Juzgado Decano, se deja de ostentar la Secretaría de la Junta Electoral de Zona por cuanto se pierde la condición en virtud de la cual se le nombró para el desempeño del cargo.

Sesión de la Junta Electoral Central: 29/04/2004

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