Doctrina de la JEC
Acuerdos por sesiones
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Comunicación sobre abono de anticipos correspondientes a las subvenciones por gastos electorales en las elecciones locales de 1991.

Num Expediente: R/40728

Acuerdo:
No hay objeción alguna a que por el Ministerio del Interior se proceda al abono de los anticipos de las subvenciones correspondientes con base en los datos obtenidos directamente por el propio Ministerio del Interior en virtud de las comunicaciones remitidas al mismo. Solicitar aclaración al representante de Unitat y Progrés Municipal, entidad política que facilitó los datos de dos administradores electorales, sobre cuál de los indicados ostenta la condición de administrador general. Reiterar por segunda vez la solicitud de aportación de los datos que faltan para poder tramitar el pago de los anticipos de las subvenciones a las entidades políticas que no lo han hecho, a través de los representantes designados por las mismas, si existe constancia de su designación ante esta Junta Electoral Central, o bien de los Secretarios de los Ayuntamientos en que presentaron sus candidaturas los grupos independientes.

Sesión de la Junta Electoral Central: 21/12/1992

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