Doctrina de la JEC
Acuerdos por sesiones
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Por la Empresa Nacional del Petróleo, S.A. se da traslado a la Junta Electoral Central del telegrama del Capitán del buque-tanque "Alcázar" en el que se manifiesta la imposibilidad de aplicar el procedimiento habilitado por el Boletín Oficial del Estado de 20 de mayo de 1977 sobre el voto del personal embarcado, por correo certificado, solicitándose informe así al Ministerio de la Gobernación.

Num Expediente: R/01309

Acuerdo:
La Junta acuerda dar traslado del telegrama al Ministerio de la Gobernación, sin perjuicio de comunicar a la Empresa Nacional del Petróleo que no se encuentran inconvenientes legales, a tenor de lo prevenido en el artículo 42 de la Orden Ministerial de 20 de enero de 1977; para que se efectúe el voto por correo certificado, toda vez que se puede votar en cualquiera de los puertos en que el buque atraque, sin necesidad de tener que llegar al puerto de destino.

Sesión de la Junta Electoral Central: 06/06/1977

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