Agrupaciones de electores de Lérida. Posibilidad de agrupación de votos de candidaturas presentadas por agrupaciones de electores de diferentes municipios del mismo partido judicial.
Num Expediente:
02902/1986
Acuerdo:
La Junta acuerda que quede sobre la mesa en consideración a que cuando hayan de celebrarse las próximas elecciones locales estará ya constituida la nueva Junta Electoral Central que deberá ser, por tanto, la que se pronuncie sobre esta cuestión.