Sesión JEC: 13/06/2005

Núm. Acuerdo: 190/2005

Núm. Expediente: 251/339

Autor:

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznatoraf (Jaén)

Objeto:

Consulta sobre incompatibilidad de concejal contratado para realización de obras municipales mediante subvención del INEM a través de AEPSA.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que no existe incompatibilidad con la condición de concejal si el interesado no se incorpora a la plantilla de personal del Ayuntamiento, ni tampoco cuando se trate de obras de corta duración y financiadas con fondos ajenos al Ayuntamiento, siempre que no se convierta en contratista de la Corporación local, supuesto éste incompatible conforme a lo dispuesto en el artículo 178.2.d) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad