Sesión JEC: 11/10/2006

Núm. Acuerdo: 160/2006

Núm. Expediente: 292/477

Autor:

Representante General de Convergència i Unió

Objeto:

Consulta sobre entrevistas en medios de comunicación públicos y privados durante la campaña electoral a líderes políticos que no sean candidatos en las elecciones al Parlamento de Cataluña de 1 de noviembre de 2006.

Acuerdo:

Los debates o entrevistas en medios de comunicación de titularidad pública o privada con representantes de las entidades políticas concurrentes a las elecciones durante los períodos electorales, están sujetos al procedimiento establecido en el apartado sexto de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 13 de septiembre de 1999, en desarrollo del artículo 66 de la LOREG.

Las decisiones y actuaciones de los medios de comunicación en período electoral que puedan tener incidencia en el proceso electoral serán recurribles ante dicha Junta Electoral Central, de acuerdo con el procedimiento establecido en la citada Instrucción. La impugnación habrá de basarse en la violación del respeto al pluralismo político y social o a la neutralidad informativa de los medios.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2006

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

INSTRUCCIONES DE LA JEC