Sesión JEC: 29/11/2006
Núm. Acuerdo: 191/2006
Núm. Expediente: 209/202
Autor:
Particulares
Objeto:
Denuncias sobre presunta obstaculización para su inscripción en el Padrón municipal del Ayuntamiento de Albalat dels Tarongers (Valencia).
Acuerdo:
1º.- Trasladar que la Junta Electoral Central carece de competencia en relación con las cuestiones referidas al Padrón Municipal de Habitantes.
2º.- Remitir a los denunciantes el informe de la Oficina del Censo Electoral, en que se expone, entre otros extremos, que el empadronamiento, en lo no regulado por el Reglamento de Población, se encuentra sujeto a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Competencias
OFICINA DEL CENSO ELECTORAL
PADRÓN MUNICIPAL