Sesión JEC: 25/06/2009

Núm. Acuerdo: 201/2009

Núm. Expediente: 132/86

Autor:

Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Vizcaya.

Objeto:

Consulta sobre nombramiento de Secretario dela Junta Electoralde Zona de Balmaseda y correcta constitución de la misma.

Acuerdo:

Comunicar que, conforme tiene reiteradamente declarado esta Junta, en interpretación del artículo 11.3 de la LOREG, si se deja de ostentar la Secretaría del Juzgado en virtud de la cual se ejerce la Secretaría de una Junta Electoral de Zona, también debe dejarse la Secretaría de la citada Junta Electoral por cuanto se pierde la condición en virtud de la cual se le nombró para el desempeño del cargo, supuesto en el que deberá pasar a desempeñar el cargo quien efectivamente lo haya asumido, sin perjuicio del derecho a percibir la gratificación que correspondiese, proporcional al tiempo de desempeño del cargo.

Descriptores de materia:

JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE PAZ

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Designación

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Renuncia

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Sustitución