Sesión JEC: 05/05/2011
Núm. Acuerdo: 225/2011
Núm. Expediente: 293/107
Autor:
Excmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral de les Illes Balears
Objeto:
Recurso interpuesto por la coalición PSOE-Pacte per Eivissa contra resolución de la Junta Electoral de les Illes Balears de 20 de abril sobre el Plan de cobertura de la campaña electoral del Ente Público de Radio y Televisión de las Illes Balears (IB3).
Acuerdo:
Se acuerda desestimar el presente recurso y confirmar el acuerdo adoptado por la Junta Electoral de las Islas Baleares de 20 de abril por cuanto se considera que dicho acuerdo es conforme a lo dispuesto por Instrucción 4/2011 de la JEC, de 24 de marzo. Esta Junta considera que el principio de proporcionalidad que debe inspirar la información de los medios de comunicación de titularidad pública durante la campaña electoral no puede ser entendido como un principio con una rigidez inamovible, sino que debe cohonestarse con la realidad informativa de cada momento. Por otra parte, esta Junta entiende que no es posible estimar recursos planteados contra resoluciones de otras Juntas en las que el petitum no ha sido planteado con anterioridad, pues ello podría provocar indefensión en los otros interesados que son parte en el procedimiento electoral.
Descriptores de materia:
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA