Sesión JEC: 15/06/2016
Núm. Acuerdo: 148/2016
Núm. Expediente: 271/123
Autor:
Sres. Representantes Generales de la coalición electoral UNIDOS PODEMOS.
Objeto:
Consulta sobre la posibilidad de que la identificación de apoderados e interventores puede ir en soporte textil, en concreto impresa en una camiseta durante el día de celebración de las elecciones generales de 2016.
Acuerdo:
El artículo 93 de la LOREG establece que ni en los locales electorales, ni en sus inmediaciones se podrá realizar propaganda electoral de ningún género. La identificación discreta de los apoderados e interventores de las formaciones políticas constituye una excepción al artículo 93, pero en esa excepción no cabe amparar el derecho a que las formaciones políticas diseñen un uniforme o vestimenta específica para sus apoderados o interventores, dado el sesgo propagandístico que esa uniformidad colectiva comporta.
De este Acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y traslado a las Juntas Electorales de Zona, las cuales deberán trasmitir este criterio a las Mesas electorales.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2016
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS