Sesión JEC: 01/07/2020
Núm. Acuerdo: 116/2020
Núm. Expediente: 321/518
Autor:
Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Objeto:
Solicitud del criterio de la Junta Electoral Central en relación con los sobres dirigidos por correo a la Oficina Consular que vayan acompañados de un certificado de inscripción en el Censo cuya fecha corresponda a un proceso electoral anterior y no al actual, de 12 de julio de 2020.
Acuerdo:
1.- En ningún caso se debe admitir como válida la certificación censal emitida para las elecciones de 5 de abril de 2020.
2.- Las oficinas consulares remitirán los votos de referencia en un envío específico, haciendo expresa indicación de la presunta deficiencia detectada, que afecta a la certificación censal emitida, para que sea valorada por la Junta Electoral competente.
Descriptores de materia:
CERTIFICADOS DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO ELECTORAL
EMBAJADAS Y CONSULADOS
SERVICIO DE CORREOS