Sesión JEC: 13/04/2023
Núm. Acuerdo: 102/2023
Núm. Expediente: 321/554
Autor:
Junta Electoral de les Illes Balears
Objeto:
Eleva consulta relativa a la posible nulidad o la anulabilidad en caso de reclamación, de los votos CERA recibidos en los cuales los votantes no hayan firmado e indicado su número de pasaporte o DNI.
Acuerdo:
Todos los requisitos establecidos en el artículo 75 de la LOREG relativos al ejercicio del voto por los electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), deben ser cumplidos para que dicho voto pueda considerarse válido.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento de las Illes Balears 2023
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL
LEGISLACIÓN ELECTORAL
VOTOS VÁLIDOS Y NULOS