Sesión JEC: 25/05/2023
Núm. Acuerdo: 277/2023
Núm. Expediente: 140/448
Autor:
Junta Electoral de Zona de Tarazona
Objeto:
Consulta si es compatible ser miembro de mesa electoral y candidato por un partido político en una localidad distinta de la que ha sido designado miembro de mesa.
Acuerdo:
El artículo 27.1 de la LOREG señala que los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales no pueden ser desempeñados por quienes se presenten como candidatos. Se trata de una prohibición absoluta que afecta a cualquier proceso electoral y a cualquier mesa electoral de los procesos que hayan sido convocados.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a las Cortes de Aragón 2023
Elecciones Locales 2023
Descriptores de materia:
INELEGIBILIDAD
MESAS ELECTORALES - Miembros
PARTIDOS POLÍTICOS