Sesión JEC: 25/05/2023
Núm. Acuerdo: 288/2023
Núm. Expediente: 320/402
Autor:
Asociación, fundación y ONG
Objeto:
Solicitud de anulación del voto por correo por las probabilidades de fraude que ofrece la regulación actual de la LOREG.
Acuerdo:
Comunicar al interesado que la Administración electoral debe aplicar los procedimientos dispuestos en la legislación electoral en tanto no sean modificados por el legislador. Cualquier modificación que se quiera hacer deberá dirigirse a las Cámaras legislativas o al Gobierno, como titulares de la potestad de la iniciativa legislativa.
Descriptores de materia:
LEGISLACIÓN ELECTORAL
VOTO POR CORRESPONDENCIA
VOTOS VÁLIDOS Y NULOS