Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/03/1995
Núm. Acuerdo: 140/1995
Núm. Expediente: 251/37
Autor: | D. José Manuel Miranda Lorenzo |
Objeto:
Consulta sobre si un Guardia Civil en situación de reserva activa, en la que sigue percibiendo los haberes correspondientes, está incurso en la causa de inelegibilidad prevista en el artículo 6.1.i) de la L.O.R.E.G.
Acuerdo:
Comunicar que en cuanto la situación de reserva activa en la Guardia Civil no implica la cesación de la relación profesional activa con dicha Institución, debe considerarse inelegible a la luz de lo dispuesto en el artículo 6.1.i) de la L.O.R.E.G.
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Elegibilidad
CANDIDATOS - Incompatibilidad
FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD