Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 14/09/1995
Núm. Acuerdo: 411/1995
Núm. Expediente: 202/24
Autor: | Director de la Oficina del Censo Electoral |
Objeto:
Consultas en relación con listas electorales, credenciales talonarias de interventores y voto CERA en las elecciones locales parciales de 1995.
Acuerdo:
Comunicar a la Oficina del Censo Electoral:
Que en cuanto a las listas del censo electoral del municipio de Llaurí (Valencia), en estricto acatamiento a la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de fecha 28 de junio de 1995, y haciendo constar este hecho, deberán incluirse en un apéndice especial de las listas del censo a los solos efectos de ejercicio del derecho de sufragio activo en las elecciones locales parciales a las Sras. S.R. y T.Q.
Que en las hojas talonarias que las Juntas Electorales de Zona, conforme al artículo 78.2 de la LOREG, envíen a las Mesas electorales en las próximas elecciones parciales habrá de reflejarse si el designado como interventor figura o no como elector de la Mesa, pues sólo en caso de que lo sea podrá ejercer el derecho de sufragio.
Que por la Oficina del Censo Electoral se informe a los electores inscritos en el CERA del procedimiento a seguir para ejercer el sufragio, de conformidad con el artículo 190 de la LOREG.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales Parciales (5 de noviembre de 1995)
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
CREDENCIALES DE REPRESENTANTES, APODERADOS E INTERVENTORES
LISTAS ELECTORALES