Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/04/1995
Núm. Acuerdo: 486/1995
Núm. Expediente: 271/8
Autor: | Diputación General de Guipúzcoa |
Objeto:
Consulta sobre si ante la posibilidad de que partidos políticos en algunos municipios concurran en coalición al proceso de elecciones municipales, y en candidaturas separadas en el proceso electoral a las Juntas Generales de este Territorio Histórico, pueden designar a las mismas personas como interventores o apoderados para ambos procesos electorales.
Acuerdo:
Comunicar que en cuanto se trata de entidades políticas distintas han de efectuar cada una su propia designación de apoderados e interventores, sin perjuicio de que dicha designación puede recaer en las mismas personas para ambos procesos electorales.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1995
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES