Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/02/2000
Núm. Acuerdo: 248/2000
Núm. Expediente: 140/88
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Sobre si una persona ciega puede ser designada miembro de Mesa Electoral
Acuerdo:
Trasladar que aun cuando la LOREG no excluye "a priori" para ser designado miembro de Mesa Electoral a ningún ciudadano, mayor de edad y que sepa leer y escribir, la minusvalía física consistente en ceguera impide a la persona afectada por la misma el correcto desarrollo de las funciones encomendadas a los miembros de Mesas Electorales, tales como identificación de los votantes, examen de las papeletas de votación y participación en el escrutinio y otras que exigen el conocimiento físico directo de distintos documentos, cuya adaptación al braille no está en la actualidad legalmente prevista.
Descriptores de materia:
MESAS ELECTORALES - Miembros
PERSONA CON DISCAPACIDAD