Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/03/2000
Núm. Acuerdo: 268/2000
Núm. Expediente: 271/39
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Consulta sobre si es preciso para ser interventor estar inscrito en Mesa electoral perteneciente a la misma Junta Electoral de Zona a la que pertenece la Mesa en que debiera votar el interventor como elector.
Acuerdo:
A los efectos de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Electoral, únicamente es preciso figurar inscrito como elector en cualquier sección del censo electoral correspondiente a la provincia a la que corresponda la Mesa para la que ha sido designado interventor, dado que la provincia es la circunscripción electoral en las elecciones a Cortes Generales.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2000
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA
MESAS ELECTORALES - Miembros