Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/03/2000
Núm. Acuerdo: 285/2000
Núm. Expediente: 330/52
Autor: | D. E.A.P. |
Objeto:
Reclama que se informe a la ciudadanía sobre el voto en blanco, cómo se emite y cuáles son sus consecuencias.
Acuerdo:
Trasladar que el voto en blanco es una opción del elector, contemplada como tal en la Ley Electoral que, en el artículo 96.5, establece que se considera voto en blanco -voto válido- el sobre que no contenga papeleta y, además, en las elecciones para el Senado, las papeletas que no contengan indicación a favor de ninguno de los candidatos.
Trasladar, asimismo, que no corresponde a esta Junta Electoral Central la realización de campañas informativas sobre los procedimientos de votación, sino a los poderes públicos que convoquen el peroceso electoral de que se trate.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2000
Descriptores de materia:
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES
VOTOS EN BLANCO