Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 01/06/2006
Núm. Acuerdo: 85/2006
Núm. Expediente: 250/73
Autor: | Gabinete del Delegado del Gobierno. Sevilla |
Objeto:
Consulta sobre quiénes gozan de derecho de sufragio en las elecciones municipales.
Acuerdo:
1º. Los extranjeros a quienes se les reconoce el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales en España son únicamente los ciudadanos de los países miembros de la Unión Europea y los noruegos que sean residentes en España y cumplan los demás requisitos legalmente previstos.
2º. Dichos residentes extranjeros tienen que manifestar su intención de ejercer el derecho de sufragio activo en España a la Delegación Oficial de la Oficina del Censo Electoral o, en su caso al Ayuntamiento correspondiente.
Descriptores de materia:
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO
ELECCIONES LOCALES
EXTRANJEROS