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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 01/06/2006

Núm. Acuerdo: 85/2006

Núm. Expediente: 250/73

Autor: Gabinete del Delegado del Gobierno. Sevilla

Objeto:

Consulta sobre quiénes gozan de derecho de sufragio en las elecciones municipales.

Acuerdo:

1º. Los extranjeros a quienes se les reconoce el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales en España son únicamente los ciudadanos de los países miembros de la Unión Europea y los noruegos que sean residentes en España y cumplan los demás requisitos legalmente previstos.

2º. Dichos residentes extranjeros tienen que manifestar su intención de ejercer el derecho de sufragio activo en España a la Delegación Oficial de la Oficina del Censo Electoral o, en su caso al Ayuntamiento correspondiente.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

ELECCIONES LOCALES

EXTRANJEROS

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