Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 03/11/2011
Núm. Acuerdo: 682/2011
Núm. Expediente: 299/85
Autor: | Representante general del Partido Popular |
Representante general del Partido Regionalista de Cantabria |
Objeto:
Solicitud de reconsideración del criterio establecido en la Orden del Ministerio de la Presidencia 2915/2011, de 28 de octubre, que limita la subvención establecida en anteriores procesos electorales respecto del número de envíos de propaganda electoral y el gramaje de los mismos.
Acuerdo:
Visto el informe emitido por la Dirección General de Política Interior, del que se dará traslado a los interesados, esta Junta entiende que, aun cuando hubiera sido preferible que, dado lo avanzado del proceso electoral, la Orden del Ministerio de la Presidencia 2915/2011, de 28 de octubre, se hubiera aprobado con anterioridad, en la medida en que el artículo 175.3 de la LOREG no impone que las formaciones políticas tengan derecho a obtener subvención en más de un envío de propaganda electoral por elector, y dado que se establece una regulación igualitaria para todas las formaciones políticas y que se hace antes del comienzo de la campaña electoral, los criterios utilizados en la citada Orden no son contrarios al ordenamiento electoral.
Descriptores de materia:
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites
PROPAGANDA ELECTORAL