Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 27/09/2012
Núm. Acuerdo: 120/2012
Núm. Expediente: 354/83
| Autor: | Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Merindad de Montija (Burgos) |
Objeto:
Consulta sobre si en moción de censura contra el Alcalde, habiéndose producido empate en número de votos en elección de Alcalde Pedáneo, es preceptivo proponer candidato en la moción de censura a quien obtuvo el mismo número de votos y no resultó elegido en el sorteo.
Acuerdo:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.3 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, todos los electores pueden ser candidatos a Alcalde Pedáneo en una moción de censura.
Descriptores de materia:
ALCALDES - Moción de censura
ALCALDES PEDÁNEOS - Elección
RESULTADOS ELECTORALES - Empates