Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 19/05/2014
Núm. Acuerdo: 143/2014
Núm. Expediente: 321/341
Autor: | Sra. Representante General del Partido Socialista Obrero Español |
Objeto:
Solicitud de La Izquierda Plural y del Partido Socialista Obrero Español de ampliación del plazo para la remisión del voto por correo al Consulado por parte de los electores inscritos en el CERA y del de remisión del voto a la mesa por parte de los electores temporalmente ausentes.
Acuerdo:
Visto el retraso en el envío de la documentación electoral a los electores residentes en el extranjero como consecuencia de la interposición de recursos contra la proclamación de candidaturas, la Junta reitera lo dispuesto en sus Acuerdos de 22 de junio de 1999, 6 de junio de 2003, 6 de junio de 2007, y con posterioridad a la reforma llevada a cabo por la Ley Orgánica 2/2011, el 18 de noviembre de 2011, y el 10 de octubre y el 22 de noviembre de 2012: Las Juntas Electorales Provinciales deberán admitir como válidos los votos de los electores inscritos en el CERA y remitidos por correo a los respectivos Consulados siempre que conste que fueron depositados en una oficina postal de dicho Estado no más tarde del día anterior al de la votación, y siempre que lleguen a la Junta Electoral Provincial antes de la realización del escrutinio general. A tal efecto, las Oficinas Consulares deberán remitir de forma inmediata a las Juntas Electorales Provinciales dichos sobres de votación.
Este mismo criterio resultará aplicable a los electores residentes temporalmente en el extranjero que emitan su voto por correo certificado dirigido a la Mesa electoral correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1621/2007. Las Juntas Electorales de Zona deberán comunicar este criterio a las Mesas electorales comprendidas en su demarcación.
De este Acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales, para su conocimiento y traslado a las correspondientes Juntas Electorales de Zona, a la Dirección General de Política Interior, a la Dirección General de Asuntos Consulares, así como a los representantes generales de las candidaturas proclamadas.
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO
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