Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/04/2014
Núm. Acuerdo: 94/2014
Núm. Expediente: 293/359
Autor: | Ilmo. Sr Presidente Junta Electoral Provincial de Madrid |
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Madrid sobre la obligatoriedad de RTVE de asignar espacios gratuitos de propaganda electoral en la programación regional de la Comunidad de Madrid.
Acuerdo:
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la LOREG, si el ámbito territorial de la programación de un medio fuera más limitado que el de la elección convocada, los partidos, federaciones o coaliciones concurrentes a un proceso electoral tienen derecho a espacios gratuitos que, en el caso de las elecciones al Parlamento Europeo, deberán asignarse atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en el referido ámbito territorial de programación. En consecuencia, en la medida en que en una Comunidad Autónoma la Corporación RTVE disponga de un ámbito de programación propio, deberá proporcionar espacios gratuitos para la realización de propaganda electoral en los términos examinados.
2. Dicha distribución de espacios deberá realizarse en función de las posibilidades técnicas que permitan los diferentes canales de RTVE.
3. La Juntas Electorales Provinciales encargadas de distribuir estos espacios, en virtud de la delegación conferida por la Junta Electoral Central, podrán reducir los tiempos dedicados a cada candidatura en función de las posibilidades técnicas y las bandas horarias que pueda ofrecer en el ámbito de programación autonómico la Corporación RTVE, respetando la proporción establecida en el artículo 64 de la LOREG.
Descriptores de materia:
ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO
ESPACIO GRATUITO
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS