Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 30/05/2024
Núm. Acuerdo: 190/2024
Núm. Expediente: 339/249
| Autor: | Junta Electoral de Zona de Madrid |
Objeto:
Eleva consulta sobre el acceso de ciudadanos con animales de compañía a los colegios electorales el día de las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024.
Acuerdo:
Ante la concurrencia de personas prevista en los colegios electorales los días de elecciones, la Junta Electoral Central considera que no debe admitirse el acceso de animales de compañía al interior de los locales electorales. A tal efecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales, esta prohibición deberá señalizarse de forma visible desde el exterior.
No obstante, los perros de asistencia y los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán acceder sin restricción alguna a cualquier espacio acompañando a la persona a la que asista o acompañe, conforme a lo previsto en el apartado 6 del artículo 29 de la Ley 7/2023.
Trasladar este Acuerdo a las juntas electorales provinciales para su conocimiento y traslado a las juntas electorales de zona y por éstas a las mesas electorales
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento Europeo 2024
Descriptores de materia:
FUERZAS ARMADAS
PERSONA CON DISCAPACIDAD