Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 24/07/2024
Núm. Acuerdo: 264/2024
Núm. Expediente: 801/61
Autor: | Secretaría de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos. Subdirección General de los Archivos Estatales. Ministerio de Cultura. |
Objeto:
Informe técnico sobre las competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos sobre la documentación electoral.
Acuerdo:
Vista la propuesta de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, la Junta Electoral Central no comparte el criterio apuntado en ella por entender que el sobre 1 debe conservarse de forma permanente, dado que contiene aquello que en puridad constituye el expediente electoral, formado con los originales del acta de constitución de la mesa electoral, del acta de sesión, la lista numerada de votantes, papeletas de votación reservadas y listas del censo utilizadas. Por todo ello considera que tan sólo podría valorarse la posibilidad de que, transcurrido el plazo legalmente previsto, pudiera eliminarse la lista del censo, puesto que la información que contiene es objeto de conservación por la Oficina del Censo Electoral.
No obstante, esta Junta no pone objeción a la posibilidad de eliminar de forma permanente los sobres 2 y 3, siempre y cuando su eliminación se produzca después del plazo previsto legalmente. Esta eliminación sólo se podrá llevar a cabo cuando se haya comprobado que el sobre 1 contenga todos los documentos previstos legalmente y se pueda asegurar la integridad de la información contenida en ellos. En el caso de que el sobre 1 no se haya conservado o no contenga la documentación de forma íntegra, se conservará el sobre 2 o, en su defecto, el 3 con el fin de conservar la documentación del expediente electoral lo más completa posible.
Descriptores de materia:
ACTAS
DOCUMENTACIÓN ELECTORAL - Archivo
MESAS ELECTORALES