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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/10/2024

Núm. Acuerdo: 289/2024

Núm. Expediente: 359/363

Autor: Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Burgos

Objeto:

Solicitud del número de miembros que corresponde proponer a cada formación política para la constitución de la Comisión Gestora de la entidad local menor de Valpuesta, Ayuntamiento de Berberana (Burgos), así como indicación de la formación política a la que corresponde la propuesta de alcalde pedáneo.

Acuerdo:

1.- En las entidades de ámbito territorial inferior al municipio en las que, tras la celebración de las oportunas elecciones locales parciales, no se hubiera presentado ninguna candidatura para la elección de alcalde pedáneo, resulta aplicable la legislación autonómica correspondiente, como establece el artículo 199 de la LOREG. En defecto de dicha legislación, como sucede en el presente caso, debe entenderse aplicable el Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, por el que se regula la constitución de Comisiones Gestoras en Entidades de ámbito territorial inferior al municipio, que en su apartado 1.2 señala que es competencia de esta Junta Electoral Central determinar el número de miembros de la Comisión Gestora que corresponde a cada formación política

Asimismo, esta Junta considera que, en la medida en que no sea posible delimitar los votos emitidos en las elecciones municipales en las mesas correspondientes a una entidad local menor, al haber sido una sección electoral para todo el municipio, solo podrán ser tenidos en cuenta los resultados globales en el municipio, y la Diputación Provincial, para la designación del alcalde pedáneo gestor, deberá oír a todos los partidos políticos que concurrieron a las elecciones en dicho municipio (Ac. de 20 de diciembre de 2015, 5 de julio de 2017 y 3 de octubre de 2018, entre otros).

2.- Una vez recabados los datos oportunos y al ser tres el número de miembros de la Comisión Gestora, en aplicación del artículo 1 del mencionado Real Decreto 608/1988, comunicar que de conformidad con los resultados de las últimas elecciones para el Ayuntamiento de Berberana en la mesa electoral correspondiente a la entidad local menor de Valpuesta (distrito censal 01, sección 001, Mesa U), de los cuales se acompaña copia, corresponde realizar la propuesta de dos miembros a Villa-Berberana (VB) y el tercero al Partido Popular. Según dispone el apartado 3 del artículo 1º, la elección del presidente se llevará a cabo mediante votación de los miembros de la Comisión Gestora.

Otros acuerdos JEC relacionados:

613/2015 (sesión:20/12/2015)

67/2017 (sesión:05/07/2017)

71/2018 (sesión:03/10/2018)

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2023 (Cortes Generales)

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS

COMISIÓN GESTORA - Constitución

COMISIÓN GESTORA - Miembros

ENTIDADES LOCALES MENORES

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