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Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad

Versión vigente desde 18/02/2016

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Mujeres con especiales dificultades de inserción laboral o en situaciones marcadas por la desventaja social

La expresión mujeres con especiales dificultades de inserción laboral o en situaciones marcadas por la desventaja social utilizada en esta norma comprenderá, siempre como mínimo, a los efectos de esta norma y de sus desarrollos reglamentarios, a mujeres:

a) víctimas de violencia de género,

b) que desean abandonar la prostitución,

c) con hijos o hijas menores o personas dependientes exclusivamente a su cargo,

d) con una situación de paro de larga duración,

e) que sean mayores de cuarenta y cinco años,

f) perceptoras de la renta de inserción social,

g) afectadas de diversidad funcional,

h) pertenecientes a una etnia minoritaria,

i) que estuvieran privadas de libertad,

j) inmigrantes,

k) jóvenes en búsqueda del primero empleo,

l) transexuales o en proceso de reasignación sexual, y

m) extoxicómanas.

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