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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/11/1978

Núm. Acuerdo: 15/1978

Núm. Expediente: 000/78111403

Autor: Junta Electoral Provincial de Navarra

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral Provincial de Navarra sobre posible sustitución de su Secretario.

Acuerdo:

La Junta acuerda comunicar a la de Navarra que debe conservar la titularidad del cargo de Secretario de la misma quien hasta ahora lo viene ostentando; por otra parte, entiende la Junta que no cabe que esta Secretaría sea suplida por ninguna persona ajena a la Junta, sino que cuando el Secretario titular se vea en la imposibilidad de asistir a alguna reunión de la Junta, la suplencia se producirá, a tenor de lo dispuesto en el art. 76.3 d) del Real Decreto-Ley sobre Normas Electorales, mediante las previsiones de las normas de la Ley de Procedimiento Administrativo relativas a órganos colegiados, a cuyo tenor el Secretario de estos órganos es suplido por el Vocal más moderno (art. 15 de la Ley de Procedimiento Administrativo) y en caso de tener la misma antigüedad, por el de menos edad.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Sustitución

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