Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión del 14/03/1979
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Nº Ac: 66/1979 Expte.: 000/79031401
Validez de actuación de la Junta a efectos de las elecciones locales sin la presencia de los vocales el art. 7,1, apartado 82 del Real Decreto-Ley 20/1977 en relación con el art. 2°, 1 de la Ley de Elecciones Locales, así como acerca de si surte efectos para las elecciones locales la designación de Vocales realizada para las generales por el Real Decreto 195/1979, de 6 de febrero.