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  • Nº Ac: 66/1979 - Expte.: 000/79031401

    Validez de actuación de la Junta a efectos de las elecciones locales sin la presencia de los vocales el art. 7,1, apartado 82 del Real Decreto-Ley 20/1977 en relación con el art. 2°, 1 de la Ley de Elecciones Locales, así como acerca de si surte efectos para las elecciones locales la designación de Vocales realizada para las generales por el Real Decreto 195/1979, de 6 de febrero.



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